Nota: Fondo de Fomento Municipal 2, se refiere al 30% del excedente del Fondo de Fomento Municipal con respecto a 2013, al que se hace referencia en la fracción III del artículo 2-A la Ley de Coordinación Fiscal, distribuible entre aquellas Entidades que tengan celebrado un convenio de administración en materia de impuesto predial con el municipio.